Guía práctica
Qué hacer si te despiden: pasos y plazos
Después de un despido los plazos son cortos y algunos errores no tienen arreglo. Esta es la lista de lo que hay que hacer, en orden, durante los primeros días.
1. Lee bien la carta de despido
La empresa debe comunicarte el despido por escrito, con la fecha en que tiene efecto y los motivos. En un despido objetivo, además, tiene que ponerte a disposición la indemnización de 20 días por año en el mismo momento y darte un preaviso de 15 días o pagártelos. Guarda la carta y anota el día en que te la entregaron: desde ahí corren los plazos.
2. Firma como "no conforme"
Firmar la carta solo acredita que la has recibido. Aun así, escribe "no conforme" junto a tu firma, igual que en el finiquito. Así dejas claro que no aceptas los motivos ni las cantidades, y conservas todas tus opciones de reclamar.
3. Comprueba el finiquito
Debe incluir los días trabajados del último mes, las vacaciones generadas y no disfrutadas y, si cobras 14 pagas, la parte proporcional de las extras. La indemnización va aparte. Haz la cuenta con la calculadora de finiquito y compara.
4. Pide el paro en los 15 días siguientes
Tienes 15 días hábiles desde el día siguiente al despido para solicitar la prestación al SEPE, por internet o con cita previa. La empresa debe enviar tu certificado de empresa, pero comprueba que lo ha hecho. Si te pagaron vacaciones pendientes, el paro empezará a contar cuando habrían terminado esas vacaciones. Calcula cuánto te corresponde con la calculadora del paro.
5. Si no estás de acuerdo, tienes 20 días hábiles
Para impugnar el despido hay que presentar primero una papeleta de conciliación ante el servicio de mediación de tu comunidad autónoma. El plazo es de 20 días hábiles desde la fecha de efecto del despido; no cuentan sábados, domingos ni festivos. Presentar la papeleta suspende el plazo, que se reanuda al día siguiente del acto de conciliación si no hay acuerdo, para presentar la demanda ante el juzgado de lo social.
Si el juez declara el despido improcedente, la empresa elige entre readmitirte o pagarte 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. Si lo declara nulo, por ejemplo por vulnerar derechos fundamentales, la readmisión es obligatoria.
Errores frecuentes
- Dejar pasar los 20 días esperando a "pensarlo". El plazo es de caducidad: no se interrumpe por vacaciones ni por enfermedad.
- Aceptar un despido disciplinario sin revisar los motivos. Si los hechos no se prueban, el despido será improcedente.
- Confundir liquidación e indemnización. La primera la cobras siempre; la segunda depende del tipo de despido.
Para un caso concreto, consulta con un abogado laboralista o con el servicio jurídico de un sindicato. Muchos ofrecen una primera consulta gratuita.
Fuentes
- Estatuto de los Trabajadores, texto consolidado (BOE)
- Ley General de la Seguridad Social, texto consolidado (BOE)
- Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)
Revisado el con los datos oficiales de 2026.